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CÓMO TRABAJAMOS LOS HONORARIOS

Honorarios profesionales

Cada asunto es distinto. Por eso los honorarios se fijan siempre tras el estudio inicial del expediente y se formalizan por escrito antes de iniciar cualquier actuación. Sin sorpresas, sin letra pequeña.

Tarifa profesional

Honorarios de abogado

En atención a lo dispuesto en el Capítulo V del Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado por el Real Decreto 135/2021, de 2 de marzo, se hace saber que el precio de los servicios de cualquier abogado/a de este Bufete cotiza a 90 euros / hora.

  • Impuestos y/o retenciones no incluidos.
  • Salvo que sea necesario un presupuesto previo, aprobado por Hoja de Encargo profesional.
  • Para asuntos sobre Derecho Bancario (en defensa de consumidores y usuarios): sin coste.

Consulta inicial

Primera consulta directa

90 € · Derecho Bancario
en defensa de consumidores y usuarios

150 € · Resto de materias
en general

El pago es anticipado y no reembolsable para cambios o cancelaciones en las 48 horas previas. La fracción de hora se redondea.

Transparencia

Hoja de Encargo profesional

Conforme al artículo 48 del Estatuto General de la Abogacía (y otras normas de aplicación), en nuestro Bufete formalizamos una Hoja de Encargo en la que se le informará de los siguientes puntos:

  • Identidad profesional: nombre completo del letrado, DNI, Colegio al que pertenece y número de colegiado, domicilio profesional y medio de comunicación incluyendo vía electrónica.
  • Viabilidad del asunto: le informaremos sobre la viabilidad real del asunto que nos confía, procuraremos disuadirle de promover conflictos sin fundamento y le aconsejaremos sobre vías alternativas cuando proceda.
  • Honorarios y costes: le presentaremos los honorarios y costes de la actuación. También le informaremos de las consecuencias de una eventual condena en costas y su cuantía aproximada.
  • Estado del asunto: le mantendremos informado del estado del procedimiento, incidencias y resoluciones relevantes. Si lo requiere, le proporcionaremos copia de escritos presentados, notificaciones recibidas y grabaciones de actuaciones.
SIGUIENTE PASO

Hablemos del asunto y de la hoja de encargo.

Cuéntenos el caso. Le explicamos por escrito el alcance del encargo y el régimen retributivo antes de cualquier actuación.