
Defensa especializada en delitos de maltrato, lesiones y coacciones en el ámbito familiar.
Si te han denunciado por un delito de violencia doméstica, es fundamental que cuentes con el asesoramiento jurídico de un abogado de violencia doméstica en Madrid desde el primer momento. Una detención, una orden de protección, un juicio rápido o una posible pena de prisión son escenarios reales que exigen una defensa técnica inmediata.
El despacho de Víctor Ávila está dirigido a la representación y defensa de personas investigadas o acusadas por delitos de lesiones, amenazas, coacciones y maltrato habitual en el entorno familiar. Cada caso requiere una estrategia de defensa específica, adaptada a las circunstancias concretas y al perfil del procedimiento.
La violencia doméstica abarca toda forma de maltrato físico o psicológico que se produce dentro del ámbito familiar, siempre que no encaje en la definición legal de violencia de género. Esto incluye situaciones muy diversas:
Según los datos oficiales del Consejo General del Poder Judicial, en 2023 se registraron 9.126 víctimas de violencia doméstica en España, un incremento del +12% respecto al año anterior.
Aunque ambos delitos comparten el contexto de las relaciones personales, la ley los trata de forma muy diferente:
Un abogado especialista en violencia familiar conoce ambos marcos y puede orientar la defensa desde el inicio del procedimiento.
El Código Penal contempla distintos tipos delictivos aplicables a la violencia en el ámbito familiar:
Además de la pena de prisión, la sentencia condenatoria suele imponer una orden de alejamiento que puede extenderse durante varios años, la prohibición de comunicación con la víctima y, en casos con menores, la suspensión del régimen de visitas o de la custodia.
La violencia filio-parental es una de las formas de violencia doméstica que más ha crecido en los últimos años. Se produce cuando un hijo menor o mayor de edad ejerce agresiones físicas, psicológicas o económicas contra sus padres o ascendientes.
Cuando el agresor es mayor de edad, el procedimiento se tramita como un delito de violencia doméstica ante la jurisdicción penal ordinaria. Si el agresor es menor de 14 a 17 años, la competencia corresponde a la jurisdicción de menores conforme a la LO 5/2000. En ambos casos, la intervención temprana de un abogado de violencia en el ámbito familiar resulta determinante.
Los procedimientos por violencia doméstica comparten algunas características con los de violencia de género, aunque con diferencias relevantes:
Un abogado de violencia doméstica en Madrid con experiencia en este tipo de procedimientos diseña una estrategia de defensa eficaz:
La ley las distingue, y confundirlas cambia el tribunal competente y las consecuencias.
La violencia de género (Ley Orgánica 1/2004) es la que ejerce un hombre sobre una mujer que es o ha sido su pareja, y la juzgan los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
La violencia doméstica (art. 173.2 del Código Penal) abarca la ejercida sobre otros miembros del núcleo familiar o convivientes —hijos, padres, hermanos, personas vulnerables—, con independencia del sexo.
El maltrato de obra o la lesión leve en el ámbito familiar, aun sin habitualidad, se castiga de forma autónoma.
El ejercicio habitual de violencia física o psíquica sobre el entorno familiar constituye un delito propio, que se suma a las lesiones concretas.
Incumplir una orden de alejamiento o una medida cautelar es, a su vez, un delito de quebrantamiento (art. 468 CP).
En estos procedimientos es habitual que se solicite una orden de protección (art. 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal), que puede incluir la prohibición de aproximación y comunicación desde el primer momento.
Por eso la defensa debe actuar desde la primera declaración: tanto para oponerse a medidas desproporcionadas como para abordar situaciones frecuentes en este ámbito, como la denuncia sin base o la retractación de la víctima.
Opiniones reales de clientes del despacho tras contratar nuestros servicios como abogados penalistas en Madrid.
«No hay nada tan angustioso como ser acusado siendo inocente. No puedo dejar de recomendar a Víctor, que es un gran profesional. Tiene mucha paciencia, sensibilidad y es cercano.»
«Es un abogado serio, profesional y atento, que transmite confianza y explica las cosas con claridad. Estoy muy satisfecho con el trato recibido y con el resultado.»
«Demuestra un gran conocimiento, es resolutivo y muy eficaz en su labor. Gracias a su esfuerzo y estrategia logramos un resultado excelente en mi caso. Un trato impecable y 100 % profesional.»
La violencia doméstica (art. 173.2 del Código Penal) comprende el maltrato entre miembros del entorno familiar o personas que conviven, con independencia del sexo (hijos, hermanos, ascendientes u otros convivientes). La violencia de género (Ley Orgánica 1/2004) es un tipo específico que exige que el autor sea un hombre y la víctima una mujer que es o ha sido su pareja.
El maltrato ocasional en el ámbito familiar (art. 153.2 del Código Penal) se castiga con prisión de tres meses a un año o trabajos en beneficio de la comunidad. Cuando el maltrato es habitual (art. 173.2), la pena es de prisión de seis meses a tres años, además de la posible privación del derecho a tener armas y de medidas de alejamiento.
Con carácter general la instruyen los juzgados de instrucción del lugar de los hechos. Solo cuando la víctima es o ha sido pareja del agresor y este es un hombre, la competencia pasa a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
El artículo 173.2 del Código Penal protege un círculo amplio de personas del entorno familiar o de convivencia: cónyuge o expareja, ascendientes, descendientes, hermanos, y menores o personas con discapacidad que convivan con el autor, entre otras integradas en el núcleo familiar. A diferencia de la violencia de género, no exige que la víctima sea una mujer que sea o haya sido pareja del agresor.
El artículo 173.2 castiga con especial gravedad el ejercicio habitual de violencia física o psíquica sobre las personas del entorno familiar. Para apreciar la habitualidad se atiende al número de actos violentos y a su proximidad en el tiempo, con independencia de que hayan sido o no enjuiciados por separado.
Artículos sobre violencia doméstica, maltrato familiar y defensa penal especializada en Madrid.