
Despacho de abogados penalistas especialistas en órdenes de alejamiento en Madrid. Defendemos a personas investigadas o condenadas con una prohibición de aproximación: recurso y alzamiento de la medida, defensa en procedimientos de violencia de género y violencia doméstica y asistencia urgente en casos de quebrantamiento.
Si te han notificado una orden de alejamiento tras una denuncia, lo que hagas en las próximas horas puede marcar todo el procedimiento. No puedes acercarte a esa persona, ni escribirle, ni responder si te escribe ella: un solo mensaje de WhatsApp puede convertirse en un nuevo delito de quebrantamiento.
Las primeras horas son decisivas. La medida cautelar se decide muchas veces en una comparecencia urgente, en menos de 24 horas desde la detención. Contar desde el primer momento con un abogado penalista especializado en órdenes de alejamiento permite discutir la medida cuando todavía se puede, proteger el régimen de visitas de tus hijos y evitar errores irreversibles.
Sí, en determinados supuestos. Lo que casi nadie te cuenta: la persona protegida no puede quitarla, ni retirando la denuncia ni pidiéndolo al juzgado. Solo el juez puede dejarla sin efecto. Las vías reales dependen del momento procesal:
Cada escrito exige argumentos y prueba, no una simple petición. Preparamos cada solicitud de alzamiento con un informe de circunstancias que el juzgado pueda valorar de verdad.
Es la forma habitual de llamar a las prohibiciones del artículo 48 del Código Penal: no aproximarse a una persona, a su domicilio o a su lugar de trabajo, no comunicarse con ella por ningún medio (llamadas, mensajes, redes sociales o a través de terceros) y, en algunos casos, no residir o no volver a determinado lugar. La distancia mínima la fija el juez en cada caso; en los juzgados de Madrid lo habitual es que oscile entre 200 y 500 metros.
Puede imponerse en dos momentos, y la diferencia importa mucho para tu defensa:
No la confundas con la orden de protección del art. 544 ter LECrim, una resolución más amplia que combina medidas penales y civiles.
La distancia mínima la fija el juez en cada caso; en los juzgados de Madrid lo habitual es que oscile entre 200 y 500 metros.
Depende de si es medida cautelar o pena, y de la gravedad del delito. Esta tabla resume los supuestos:
| Supuesto | Norma | Duración / alcance |
|---|---|---|
| Medida cautelar durante el procedimiento | Art. 544 bis LECrim | Mientras dura el proceso; revisable y recurrible en cualquier momento. |
| Pena por delito leve | Art. 57.3 CP | De 1 a 6 meses. |
| Pena por delito menos grave | Art. 57.1 CP | Hasta 5 años. |
| Pena por delito grave | Art. 57.1 CP | Hasta 10 años. |
| Violencia de género o doméstica (personas del art. 173.2 CP) | Art. 57.2 CP | Imposición obligatoria junto a la condena: el juez no puede prescindir de ella. |
| Quebrantamiento de la orden | Art. 468.2 CP | Delito nuevo: prisión de 6 meses a 1 año cuando la persona protegida es de las del art. 173.2 CP. |
La orden surte efecto desde que se te notifica. Cumplirla no equivale a aceptarla: se puede acatar y recurrir a la vez, y es exactamente lo que conviene hacer.
La mayoría de las órdenes de alejamiento que se dictan en Madrid nacen de denuncias por malos tratos, violencia de género o violencia doméstica. En estos casos el margen del juez es menor: si hay condena por un delito cometido contra las personas del artículo 173.2 del Código Penal (pareja, expareja, familiares), la prohibición de aproximación es de imposición obligatoria conforme al artículo 57.2. Por eso la estrategia no puede limitarse a discutir la orden: hay que discutir la acusación desde el primer momento.
Estos procedimientos se instruyen en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer y con frecuencia se tramitan como juicio rápido, con plazos muy cortos: la comparecencia en la que se decide la orden puede celebrarse el mismo día de la detención. Llegar a ella con abogado propio, y no con el primero disponible, cambia el resultado.
Tenemos publicada una guía completa sobre la orden de alejamiento en violencia de género con la regulación al detalle.
La defensa se construye caso a caso. Las líneas más habituales:
Una estrategia bien planteada desde la comparecencia inicial puede suponer la diferencia entre una prohibición de años y una medida que se alza en semanas.
Depende del momento y del tipo de delito:
Actuamos a diario en comparecencias urgentes e instrucción en los juzgados de Plaza de Castilla y en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Madrid.
Un quebrantamiento en plena instrucción es el camino más corto hacia la prisión provisional. Si ya has recibido una citación por quebrantamiento, no declares sin tu abogado.
Cuando hay detención, la medida cautelar puede acordarse en la propia comparecencia, en menos de 72 horas desde la denuncia. Surte efecto desde que se notifica al investigado, no desde que se recibe por escrito.
La orden sigue vigente y quien responde comete quebrantamiento del art. 468.2 CP, aunque la iniciativa sea de la persona protegida. La vía correcta no es verse a escondidas: es pedir al juzgado el alzamiento de la medida acreditando el cambio de circunstancias.
No por tu cuenta. Se solicita al juzgado autorización para recoger enseres, normalmente con acompañamiento policial y en un día y hora fijados. Hacerlo sin autorización es quebrantamiento, aunque la vivienda sea tuya.
El juez puede suspender el régimen de visitas o mantenerlo con entregas a través de terceros o de un Punto de Encuentro Familiar. Es uno de los puntos que más se puede trabajar en la comparecencia: pedir desde el primer día un régimen compatible con la medida.
Sí. El quebrantamiento se castiga con prisión de 6 meses a 1 año y suele tramitarse como juicio rápido, con detención incluida si el incumplimiento es flagrante. Además, el juzgado puede sustituir la orden por prisión provisional.
¿Te han notificado una orden de alejamiento o tienes una comparecencia señalada? Cuanto antes se actúe, más opciones hay: recurrir la medida, pedir su alzamiento o preparar el juicio con garantías.
Artículos y recursos sobre órdenes de alejamiento, violencia de género y violencia doméstica en España.