
Bufete de abogados penalistas en Madrid especializado en delitos económicos, delitos financieros y delitos contra el patrimonio. Garantizamos la mejor defensa penal y técnica desde el primer momento del procedimiento. Para la defensa específica de este delito, contamos con un abogado de blanqueo de capitales.
Nuestro objetivo es claro: proteger tu presunción de inocencia y tu patrimonio desde el inicio del procedimiento penal.
Los delitos económicos son infracciones que atentan contra el patrimonio o contra el orden socioeconómico. Entre ellos se encuentran delitos como la estafa, la malversación, la apropiación indebida o el blanqueo de capitales también llamados delitos típicos de la delincuencia de cuello blanco.
Este tipo de actos delictivos no solo afectan a la reputación de una persona o de una empresa, sino que también pueden implicar penas de prisión, multas muy elevadas y graves consecuencias patrimoniales para cualquier actividad económica.
Por ese motivo, si te enfrentas a una investigación o a una denuncia, es fundamental contar con un abogado penalista en Madrid especializado en delitos económicos, capaz de analizar el procedimiento desde el primer momento y diseñar una estrategia de defensa sólida.
En nuestro bufete de abogados en Madrid, trabajamos en procedimientos complejos del ámbito de Derecho Penal económico, asesorando tanto a empresarios como a directivos y particulares. Abordamos todo tipo de delitos financieros, delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico, así como infracciones vinculadas a la actividad empresarial y societaria.
Como abogados expertos en delitos económicos, asumimos la defensa de todas las figuras del Título XIII del Código Penal (delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico), una materia que en el Derecho Penal económico también abarca delitos fiscales y corrupción en los negocios. Entre los delitos económicos que tratamos con más frecuencia se incluyen, entre otros, estafas y blanqueo de capitales:
engaño bastante con ánimo de lucro que causa un perjuicio patrimonial.
apropiarse de dinero o bienes recibidos en depósito, comisión o administración.
quien administra un patrimonio ajeno y lo perjudica excediendo sus facultades.
integrar en el tráfico legal bienes de origen delictivo.
ocultar el patrimonio para eludir a los acreedores.
falsedad de cuentas, acuerdos abusivos o imposición de acuerdos lesivos en una sociedad.
defraudación a la Hacienda Pública, la Seguridad Social o en subvenciones.
corrupción entre particulares en el ámbito empresarial.
apoderarse o difundir secretos empresariales.
explotación no autorizada de obras, marcas o patentes.
Cada figura exige una estrategia propia y, a menudo, una pericial económico-contable. Por eso es decisivo contar con un abogado penalista que domine tanto el Código Penal como la realidad de la empresa.
Muchos delitos económicos en Madrid tienen una dimensión internacional. Cuando la investigación implica cooperación entre Estados (comisiones rogatorias, una orden europea de detención y entrega o una extradición), como abogados expertos en delitos económicos coordinamos la defensa con nuestra área de extradiciones y euroórdenes.
Seguimos el dinero antes de que lo haga la acusación.
Cada figura exige una estrategia propia y, a menudo, una pericial económico-contable: reconstruimos la trazabilidad de los fondos, contrato a contrato y cuenta a cuenta, para encontrar las debilidades de la acusación.
Recibir una citación como investigado por un delito económico genera una situación de incertidumbre que afecta tanto a nivel personal como profesional. En estos procedimientos, actuar con rapidez y con el asesoramiento adecuado es determinante, porque la intervención temprana de un abogado puede ser clave para proteger tus derechos y tu libertad.
Tienes derecho a ser asistido por un abogado penalista desde la primera declaración. Todo lo que digas puede condicionar el resto del procedimiento.
No es lo mismo ser investigado en la Abogado de fase de instrucción que estar acusado con un escrito de calificación provisional. Cada fase exige una estrategia distinta.
En los delitos económicos, la prueba documental (contratos, facturas, movimientos bancarios, actas societarias) es la base sobre la que se construye tanto la acusación como la defensa.
Según el caso, puede ser más conveniente preparar la defensa para juicio oral, solicitar el archivo si la acusación carece de base suficiente o, entre las funciones del abogado penalista, asumir la representación legal y, cuando conviene, la negociación de acuerdos de conformidad.
El Derecho Penal Económico es una rama del Derecho Penal, una materia que regula y sanciona actos delictivos que se cometen en el ámbito empresarial, financiero o societario. Su finalidad es proteger bienes jurídicos esenciales como la seguridad del mercado, la confianza en las transacciones económicas, la libre competencia y los derechos de los consumidores.
Cuando una empresa o un profesional se ve implicado en una investigación por delitos económicos, la estrategia jurídica debe abordarse con rigor técnico y conocimiento profundo del proceso penal. Estos delitos afectan tanto a personas físicas como jurídicas, por lo que la defensa debe atender la posición de cada parte durante el procedimiento. En nuestro bufete de abogados en Madrid, analizamos cada caso de forma individualizada para construir una línea de defensa sólida y diseñar estrategias defensivas adaptadas a la situación concreta del cliente; además, un abogado especializado no solo defiende, sino que asesora ante ilícitos financieros, ofreciendo la mejor solución.
Desde la reforma de nuestro Código Penal mediante la LO 5/2010, las personas jurídicas pueden ser penalmente responsables por determinados delitos económicos cometidos en su nombre o por cuenta de ellas. Esto significa que una empresa puede enfrentarse a sanciones penales como multas, disolución, suspensión de actividades o inhabilitación para obtener subvenciones.
La existencia de un programa de compliance penal adecuado puede actuar como eximente o atenuante de la responsabilidad penal corporativa. Asesoramos a empresas y a sus órganos de administración tanto en la prevención de riesgos penales como en la defensa penal empresarial una vez iniciado el procedimiento.
Dentro del ámbito del Derecho Penal económico existen múltiples figuras delictivas. Desde nuestro despacho de abogados especialistas actuamos en procedimientos penales, representando a personas físicas y jurídicas en este tipo de asuntos. Delitos que requieren máxima precisión técnica, un equipo con experiencia y conocimientos multidisciplinarios en legalidad y finanzas:
El delito de estafa se encuentra regulado en el artículo 248 y siguientes del Código Penal. Se comete cuando alguien utiliza el engaño para lograr un beneficio en perjuicio de terceras personas, causando un perjuicio a un tercero.
La pena por el delito de estafa varía según el importe:
En la práctica, muchos procedimientos por estafa surgen en el contexto de relaciones comerciales o societarias. La estafa entre socios y la estafa empresarial son supuestos que requieren un análisis detallado de la documentación mercantil y de la estructura societaria para construir una defensa eficaz, dirigida por especialistas en derecho penal.
¿Te han acusado de un delito de estafa? Contar con un abogado experto en estafas puede marcar la diferencia. Contáctanos ahora.
El delito de administración desleal está regulado en el artículo 252 del Código Penal. Se produce cuando un administrador o gestor de patrimonio ajeno excede los límites legales o contractuales, causando un perjuicio económico al titular del patrimonio o a terceros, un acto asociado frecuentemente al delito de administración desleal, apropiación indebida y desvíos financieros
¿Te han acusado de administración desleal? Como abogado experto en administración desleal, analizo cada detalle de tu caso para diseñar una defensa estratégica. Contáctame ahora.
El delito de insolvencia punible se encuentra regulado en el artículo 259 del Código Penal. Se refiere a la gestión fraudulenta del patrimonio para perjudicar a los acreedores.
La pena oscila entre 1 y 4 años de prisión, pudiendo alcanzar hasta los 6 años cuando afecte a un elevado número de acreedores o se utilicen medios fraudulentos de especial complejidad.
¿Te han denunciado por insolvencia punible? Un abogado experto en insolvencias punibles puede analizar tu situación. Contáctanos hoy mismo.
Los delitos societarios se encuentran regulados en los artículos 290 a 297 del Código Penal. Las conductas más habituales incluyen falsedad en las cuentas anuales (art. 290 CP), imposición de acuerdos abusivos por la mayoría en perjuicio de socios minoritarios (art. 291 CP), negación del derecho de información o asistencia a juntas (art. 293 CP) y obstaculización de la labor de organismos inspectores (art. 294 CP).
Las penas por delitos societarios pueden alcanzar hasta 3 años de prisión y multa.
¿Te han denunciado por un delito societario? Como abogado especialista en delitos societarios, analizo la documentación mercantil y las actas de junta para identificar las líneas de defensa más sólidas. Contáctame ahora.
El delito de robo se encuentra regulado en el artículo 238 del Código Penal y castiga la conducta en la que alguien sustrae un bien ajeno empleando violencia o intimidación sobre las personas o fuerza en las cosas.
La pena por robo será de 1 a 3 años de prisión, que podrá ser agravada hasta los 5 años cuando concurran las circunstancias agravantes del artículo 235 del Código Penal.
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El delito de falsedad documental está regulado en los artículos 390 a 394 del Código Penal y ocurre cuando se altera o manipula un documento público, oficial o privado con el objetivo de causar perjuicio o beneficio indebido.
Penas por falsedad documental:
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La malversación, regulada en el artículo 432 del Código Penal, se produce cuando una autoridad o funcionario público utiliza fondos o bienes públicos para un uso privado.
Penas: 2 a 6 años de prisión y multa del tanto al triple del daño causado. Inhabilitación absoluta de hasta 20 años.
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El delito de corrupción entre particulares está regulado en el artículo 286 bis del Código Penal. Se produce cuando, en el ámbito empresarial o profesional, alguien ofrece, solicita o acepta beneficios indebidos con el objetivo de favorecer injustamente a un tercero.
Penas: prisión de 6 meses a 4 años e inhabilitación especial para el ejercicio de industria o comercio de 1 a 6 años.
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El delito de apropiación indebida se encuentra regulado en el artículo 253 del Código Penal. Este delito ocurre cuando una persona que tiene un bien ajeno bajo su custodia decide apropiárselo, rompiendo la confianza depositada.
Las penas varían según el valor de lo apropiado:
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El delito de blanqueo de capitales está regulado en el artículo 301 del Código Penal. El blanqueo de dinero consiste en introducir dinero procedente de actividades delictivas en la economía legal.
Las penas por blanqueo de capitales:
El blanqueo de dinero es uno de los delitos económicos de mayor complejidad técnica, con frecuente intervención de la Fiscalía Anticorrupción y la UDEF. Como abogado especialista en blanqueo de capitales, analizo la trazabilidad de los fondos y las debilidades de la acusación.
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El delito de alzamiento de bienes se encuentra regulado en el artículo 257 del Código Penal. El alzamiento de bienes consiste en realizar un acto de disposición patrimonial que dilate, dificulte o impida la eficacia del cobro de una deuda o embargo.
La pena por alzamiento de bienes es de 1 a 4 años de prisión.
¿Te han acusado por un delito de alzamiento de bienes? Un abogado experto en alzamiento de bienes puede ayudarte a demostrar que no tuviste intención fraudulenta.
El delito de hurto está regulado en el artículo 234 del Código Penal y consiste en tomar un bien ajeno con ánimo de lucro, sin consentimiento del propietario, sin violencia ni intimidación.
La pena por hurto se valorará atendiendo a las circunstancias:
¿Te han acusado de hurto? Como abogado experto en hurtos, puedo ayudarte a minimizar las consecuencias. Contáctame ahora y protege tu futuro.
El delito contra los derechos de los trabajadores se encuentra regulado en los artículos 311 y siguientes del Código Penal. Regula conductas como el empleo de trabajadores sin contrato, en condiciones ilegales o con abuso de necesidad.
Penas: 6 meses a 6 años de prisión y multas, según la gravedad.
Si te han acusado de vulnerar los derechos laborales, un abogado experto en delitos contra los derechos de los trabajadores puede analizar tu caso y ayudarte. Contacta hoy.
Los delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social se encuentran regulados en los artículos 305 a 310 del Código Penal. El delito fiscal consiste en defraudar tributos o cuotas a la Seguridad Social por un importe mayor a los 120.000 €.
La pena por delito contra la Hacienda Pública será de 1 a 5 años de prisión y multa del séxtuplo de la cuantía defraudada.
Dentro del ámbito del fraude fiscal, la casuística es amplia: desde la ocultación de ingresos y la emisión de facturas falsas hasta la utilización de sociedades interpuestas para eludir obligaciones tributarias.
¿Te acusan de defraudar a Hacienda o a la Seguridad Social? Confía en un abogado experto en delitos fiscales. Contacta hoy mismo.
El delito de cohecho, también conocido como soborno, se encuentra regulado en los artículos 419 y 427 del Código Penal.
¿Te han acusado de cohecho? Como abogado experto en delito de cohecho, analizo tu caso a fondo. Contáctanos hoy mismo.
Si te enfrentas a una denuncia o necesitas asesoramiento tras ser víctima de un delito económico, contacta con nuestros abogados especialistas en delitos económicos. Evaluaremos tu situación y diseñaremos una estrategia legal a medida para defender tus intereses.
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Cada delito económico tiene matices probatorios, técnicos y procesales propios. Estas son las áreas en las que intervenimos con mayor frecuencia desde el despacho, junto con gestión de crisis y auditorías internas vinculadas a bienes y servicios, dentro del conjunto de riesgos penales que afectan a la actividad empresarial. Además, la investigación interna permite detectar irregularidades antes de su judicialización.
Defensa frente a acusaciones por art. 253 CP. Análisis del título posesorio y del ánimo de apropiación.
Asistencia a administradores acusados del art. 252 CP. Cuantificación real del perjuicio y deber fiduciario.
Defensa en falsedad de cuentas, imposición de acuerdos y obstrucción al socio (arts. 290-294 CP), con intervención en casos por acciones desleales y falsificación de cuentas dentro de la sociedad.
Concurso culpable, alzamiento de bienes y frustración de la ejecución (arts. 257-261 bis CP).
Defensa frente a sobornos y comisiones en el sector privado (arts. 286 bis a 286 quater CP).
Modalidad agravada del art. 250.1.7º CP. Análisis del engaño bastante al juzgador.
Defensa por aprovechamiento de efectos del delito (art. 298 CP). Conocimiento del origen ilícito.
Manipulación de contadores y suministros (art. 255 CP). Defensa técnica y pericial.
Diez respuestas breves. Si tu duda no está aquí, llámanos.
Es una infracción que atenta contra el patrimonio o contra el orden socioeconómico (Título XIII del Código Penal). Se conocen como delitos de cuello blanco e incluyen la estafa, la apropiación indebida, la administración desleal, el blanqueo de capitales, los delitos societarios o el delito fiscal.
Sí. El art. 31 bis del Código Penal permite imputar a la persona jurídica por el delito cometido en su beneficio, con penas de multa y consecuencias accesorias. Un programa de compliance penal (UNE 19601) implantado antes de los hechos opera como eximente o atenuante.
Dependen de la figura y de la cuantía: la estafa básica se castiga con prisión de seis meses a tres años y la agravada hasta seis u ocho años; el blanqueo, de seis meses a seis años. Las agravantes por la cuantía o por organización elevan la pena.
El plazo depende de la pena de cada figura: oscila, con carácter general, entre los cinco y los diez años (art. 131 del Código Penal). Comprobar si la acción ha prescrito es uno de los primeros análisis de la defensa.
Contacta cuanto antes con un abogado penalista especializado en derecho penal económico, porque su intervención temprana puede ser decisiva para el resultado del procedimiento. Las primeras decisiones (declaración, prueba pericial, medidas cautelares) condicionan todo el proceso. Ofrecemos asistencia desde el primer requerimiento para proteger los derechos de nuestros clientes.
Sí. El derecho a no declarar y a no confesarse culpable está garantizado por la Constitución. En los delitos económicos, declarar sin conocer con precisión el contenido de la investigación puede ser un error grave. Una manifestación prematura puede fijar una versión difícil de matizar después y condicionar toda la línea de defensa. Lo importante no es hablar o callar, sino trazar correctamente la estrategia antes de hacerlo de la mano de un especialista en derecho penal.
Es fundamental conservar facturas, contratos mercantiles, movimientos bancarios y actas societarias, ya que son la prueba clave para articular la mejor defensa penal.
Varían según el caso, y van desde la preparación para el juicio oral hasta la negociación de una conformidad, respaldadas siempre por el análisis detallado de penalistas expertos, muy especialmente frente a acusaciones de extrema complejidad como los delitos de blanqueo de capitales.
Sí, tras la reforma del Código Penal, la responsabilidad penal recae también sobre las personas jurídicas, pudiendo enfrentarse a severas multas o incluso a la disolución.
Dependiendo de la gravedad, la reincidencia o el riesgo de fuga, el juez puede dictar prisión provisional, de ahí la urgencia de contar con el respaldo de los mejores abogados penalistas de inmediato.
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